FINES Y OBJETIVOS
Se considera como fin y objetivo primordial de la Asociación, la defensa de los intereses profesionales colectivos y legítimos de sus asociados, informando y representado a los mismos en cuantas gestiones se relacionan con aquellos.
Funciones.
Para el desarrollo del fin enumerado, las funciones y facultades de la Asociación son:
1. La representación, gestión y defensa de los intereses económicos y profesionales de sus miembros, especialmente en relación con la Administración y otras instituciones y órganos públicos, con órganos privados y con las organizaciones de trabajadores.
2. Ser cauce la participación del empresario en todas las instancias representativas de gestión, decisión socio-económica o de cualquier otra naturaleza, en los ámbitos oportunos.
3. Apoyar y fomentar la libre y leal competencia y transparencia económica de las actividades profesionales entre sus miembros.
4. Proponer oportunamente ante el Gobierno o Administración las iniciativas, aspiraciones y reclamaciones necesarias en defensa y desarrollo de los intereses de los asociados o miembros.
5. Colaborar con otras asociaciones, entidades y organismos en orden al desarrollo económico y social, en los asuntos que afecten a los intereses profesionales de la Asociación intereses comunes de los asociados.
6. La iniciativa, coordinación y negociación en su ámbito, de Convenios Colectivos de Trabajo, de acuerdo con la legislación que los regule.
7. Intervención en las situaciones de conflictos colectivos, que pudieran suscitarse en las distintas esferas de su competencia.
8. De arbitraje para dirimir diferencias graves que puedan producirse entre sus asociados, cuando se lo soliciten de mutuo acuerdo y como trámite previo a actuaciones judiciales.
9. Participar en la elaboración y ejecución posible, dentro de su competencia, en los Convenios fiscales o de otra naturaleza en que estén afectados sus asociados.
10. Adquirir y poseer bienes y contraer obligaciones con sujeción a sus propias normas estatuarias.
11. La administración de sus propios recursos y su aplicación a los fines y actividades propias de la misma.
12. Constituir fondos para ayudas económicas a sus afiliados, en las condiciones que se determinen.
13. Crear los servicios técnicos, económicos, jurídicos, sociales, o de cualquier otra índole, bien por si o en colaboración con otras entidades u organizaciones, todo ello para el desarrollo de las funciones generales, o fines de la Asociación.
14. Cualquier otra función, fin u objetivo, que las leyes u otra norma legal atribuya o pueda atribuir a las asociaciones de empresarios.
15. De intervención en la concesión de Carnet de Empresa con responsabilidad, o documentos análogos.
16. Defensa de la libre empresa y economía de libre mercado.
17. Procurar la comunicación entre las empresas adheridas a través de la necesaria información a los empresarios.